El Gobierno Nacional deja de financiar pasajes gratuitos de personas con discapacidad, trasplantados y niños con cáncer
La medida elimina el esquema de financiamiento estatal para los boletos gratuitos en micros de larga distancia. Las empresas deberán hacerse cargo de la gratuidad que seguirá siendo obligatoria.
por REDACCIÓN CHUBUT 26/05/2026 - 11.44.hs
El Gobierno nacional dispuso el fin del esquema de compensaciones económicas que el Estado otorgaba a las empresas de transporte de larga distancia por los pasajes gratuitos destinados a personas con discapacidad, personas trasplantadas o en lista de espera y menores con diagnóstico oncológico. A partir de ahora, las compañías deberán absorber ese costo, aunque la gratuidad del servicio seguirá siendo obligatoria.
La medida fue establecida mediante la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada en el Boletín Oficial, que deja sin efecto el mecanismo mediante el cual el Estado realizaba reintegros parciales a las empresas por estos boletos emitidos en cumplimiento de la ley.
La normativa eliminada contemplaba compensaciones por pasajes otorgados a beneficiarios alcanzados por las leyes de discapacidad, personas incluidas en el Sistema Nacional de Procuración y Trasplante (SINTRA) y menores con enfermedades oncológicas.
Los argumentos del Gobierno
En los fundamentos de la resolución, el Ejecutivo sostuvo que el sistema de subsidios surgió en un contexto de “emergencia”, lo que derivó en “un esquema de regulación tarifaria con fuerte intervención estatal que limitaba la posibilidad de los operadores de fijar libremente sus precios”.
Además, indicó que a partir de la desregulación del transporte interjurisdiccional impulsada mediante el Decreto 883/2024 se produjo “una modificación sustancial del paradigma regulatorio vigente, estableciendo un régimen basado en la libertad tarifaria, la simplificación normativa y la promoción de la competencia”.
En ese marco, desde el área de Transporte señalaron que las empresas cuentan actualmente con mayores herramientas para definir tarifas, recorridos y horarios, lo que les permitiría ahora "internalizar dentro de su estructura de costos las obligaciones legales".
De esta manera, la gestión nacional considera que, al no existir restricciones tarifarias previas, el costo de los pasajes gratuitos debe pasar a formar parte de la estructura operativa habitual de las compañías.
La gratuidad y los controles seguirán vigentes
La resolución aclara que la medida no elimina el derecho de los usuarios a acceder a pasajes sin cargo. El texto oficial señala que el beneficio establecido por las leyes 22.431, 26.928 y 27.674 “permanece plenamente vigente y exigible frente a los transportistas”.
Asimismo, el Gobierno indicó que “el eventual impacto económico de la decisión se circunscribe exclusivamente a la relación financiera entre el Estado y los operadores privados”.
Para garantizar el cumplimiento de la normativa, la resolución asignó a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) la continuidad de los mecanismos de control y fiscalización para verificar que las empresas mantengan la entrega de los pasajes gratuitos.
La disposición comenzó a regir desde su publicación en el Boletín Oficial y establece, además, una cláusula para preservar el pago de compensaciones que ya hubieran sido generadas antes de la entrada en vigencia de la nueva medida.
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